Los edificios madrileños no podrán tener más del 75% de sus viviendas destinadas al uso turístico
El proyecto de decreto del Gobierno regional limita en número de inquilinos en función del tamaño del piso
Ningún edificio de la Comunidad de Madrid podrá tener más de 75% de sus viviendas dedicadas al alquiler turístico. Así lo establece el borrador de decreto que acaba de publicar el Gobierno de la Comunidad de Madrid, que dice asimismo que, si todo el edificio es de un único dueño, el límite de pisos de turísticos baja al 50%. La futura norma, cuyo contenido ya se avanzó el pasado verano, establece además un número máximo de inquilinos dependiendo del tamaño del inmueble: por ejemplo, por debajo de 25 metros cuadrados útiles no se podrá alquilar a más de dos personas a la vez. El decreto podría estar aprobado a mediados de 2018.
La regulación que propone el Gobierno de la Comunidad de Madrid (se abre ahora un plazo de alegaciones para todos los afectados) señala que los pisos turísticos de la región deberán tener un certificado de idoneidad, un seguro de responsabilidad civil y cumplir una serie de requisitos mínimos, como tener calefacción o extintores. Además, el texto permite a las comunidades de vecinos prohibir a través de sus estatutos el uso turístico en sus edificios, considera a las plataformas como Airbnb empresas turisticas —por lo tanto, susceptibles de ser sancionadas con hasta 300.000 euros por incumplimientos— y obliga a los propietarios a remitir a la Dirección General de Policía la información relativa a la identidad de los inquilinos.
El consejero de Cultura y Turismo, Jaime de los Santos, ha insistido en la necesidad de adaptar la legislación a las nuevas realidades del sector, con plataformas de alquiler como Airbnb. Estas empresas han extendido enormemente la oferta de viviendas turísticas, tanto de particulares que ofrecen sus propias residencias principales algunos días al año, como de pisos exclusivamente a esos menesteres. Sin embargo, el consejero ha rechazado la idea extendida “de que la ciudad [de Madrid] se esté convirtiendo en un parque temático”. Precisamente, la oposición ha criticado en los últimos meses que la norma no tiene suficientemente en cuenta los problemas sociales que el aumento de viviendas turísticas está teniendo, en cuanto a la convivencia con los vecinos y a su impacto en los precios generales de los alquileres de larga duración.
Certificado de idoneidad
El futuro Certificado de Idoneidad para las viviendas de Uso Turístico (CIVUT) podrá ser expedido por un arquitecto o ingeniero, y será requisito previo para la obligatoria inscripción de la vivienda turística en el Registro de la Comunidad de Madrid.
De ese modo, las plataformas web tendrán que asegurarse de que las viviendas que publicitan tienen ese certificado; si no lo hacen, como empresas turísticas, se enfrentarán expedientes disciplinarios que, “de acuerdo con la Ley de Ordenación del Turismo, podría suponer la imposición de sanciones de hasta 300.000 euros”.
Las viviendas podrán alquilarse completas o por habitaciones, como hasta ahora. Sin embargo, se establece que los pisos inferiores a 25 metros cuadrados útiles se podrán alojar un máximo de dos personas; entre 25 y 40 metros cuadrados, hasta cuatro personas; y por cada 15 metros cuadrados útiles adicionales, un inquilino más.