El Gobierno Español aprueba nuevas ayudas de 4.220 millones para la hostelería, el turismo y el comercio
Se establece una quita del 50%, o alternativamente un aplazamiento
del pago hasta cuatro meses después de la finalización del estado
de alarma de la renta de locales comerciales propiedad de grandes
tenedores alquilados a pymes y autónomos. Así mismo, se ha
aprobado un incentivo fiscal en el IRPF para los pequeños
arrendadores de locales comerciales por la cuantía de la rebaja de la
renta acordada con su arrendatario durante el primer trimestre de
2021.
Se contempla la disminución del rendimiento de módulos del IRPF y
régimen simplificado del IVA de hasta el 35% para las actividades de
turismo, hostelería y comercio.
Se incluye dentro de las actividades hiperprotegidas en el esquema
de ERTEs del RDL 30/2020 a cinco nuevas actividades, entre ellas
comercio al por mayor de bebidas, restaurantes y puestos de
comidas y establecimientos de bebidas.
Se crea un nuevo tramo de la línea de avales del ICO dotada con
500M€ y un 90% de garantía del Estado.
Se reconoce a las agencias de viajes las devoluciones a clientes
como gasto financiable a cargo de la línea de avales del ICO.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Plan de Refuerzo
para la hostelería, el turismo y el comercio con nuevas medidas que
pretenden aliviar la situación de empresas y autónomos relacionados con
estas actividades y atender sus costes fijos como los salarios,
arrendamientos o pago de impuestos, entre otros, para permitir que puedan
mantener su viabilidad y no se vean abocados al cierre como consecuencia
de la pandemia.
Para la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, “se trata
de una batería de medidas necesarias para unos sectores muy castigados
por la pandemia y que necesitan más protección para que puedan mantener
su actividad y el empleo. Era un compromiso de este Gobierno y lo hemos
cumplido para no dejar a nadie atrás. Las medidas que aprobamos hoy
refuerzan las ya existentes como los ERTEs, donde incorporamos nuevos
sectores hiperprotegidos – como restaurantes y puestos de comidas – y
creamos una nueva línea ICO para estos sectores con avales públicos del
90%. También hay nuevas medidas como rebajas fiscales, aplazamientos
de deudas tributarias y cotizaciones a la seguridad social. Destacan también
las medidas para reducir la carga de los alquileres que se aplican tanto a
grandes tenedores como al resto de arrendadores, incorporando en este
último caso incentivos fiscales. En definitiva, el Gobierno aprueba un nuevo
paquete de medidas para garantizar la supervivencia de las empresas y
mantener el empleo en sectores estratégicos para nuestro país. Un plan que
complementa además las ayudas que han ido aprobando diferentes
comunidades autónomas y ayuntamientos, que también pueden reforzar en
el marco de sus competencias, ya que con ello conseguiremos mayor
protección para los sectores que más lo necesitan”.
Las medidas contenidas en el Plan se dividen en cinco grandes bloques:
Bloque 1.- Medidas dirigidas a arrendamientos de locales de negocios.
En el caso de que el arrendador sea un gran tenedor (10 o más locales) si
las partes no llegaran a un acuerdo, el arrendatario que sea pyme o
autónomo podrá optar entre las siguientes alternativas:
A.- Una reducción del 50% de la renta arrendaticia durante el tiempo
que dure el estado de alarma, sus prórrogas, y hasta un plazo máximo de
cuatro meses adicionales a contar desde la finalización del estado de
alarma.
B.- Una moratoria en el pago de la renta arrendaticia durante el
tiempo que dure el estado de alarma, sus prórrogas y hasta un plazo
máximo de cuatro meses adicionales a contar desde la finalización del
estado de alarma. El pago aplazado de las rentas se podrá realizar durante
un periodo de dos años a contar desde la finalización de la moratoria.
El número potencial de locales beneficiarios serían 190.000, de los que
33.000 corresponderían a locales relacionados con el turismo y 157.000 a
locales comerciales.
Para el resto de arrendadores de locales, se establece un incentivo fiscal
con el que se pretende que las personas físicas que alquilan los locales en
los que se desarrollan determinadas actividades económicas vinculadas al
sector turístico, la hostelería y el comercio acuerden voluntariamente
rebajas en la renta arrendaticia correspondiente a los meses de enero,
febrero y marzo de 2021, permitiendo computar como gasto deducible
para el cálculo del rendimiento del capital inmobiliario la cuantía de la
rebaja de la renta acordada durante tales meses. Este incentivo tiene un
coste estimado de 324M€ y permite deducir hasta el 100% de la cuantía del
alquiler mensual en el caso que el arrendador rebaje toda la renta. Se
estima que 323.701 arrendadores se pueden acoger a la medida
Bloque 2.- Medidas de liquidez y solvencia.
La primera es la ampliación en la carencia de los préstamos avalados por
las líneas ICO y por las sociedades de garantía recíproca de las distintas
comunidades autónomas con reafianzamiento de CERSA, así como de su
periodo de amortización, medida aprobada el pasado 24 de noviembre en
Consejo de Ministros. En concreto, se instrumentó la ampliación por un año
adicional de la carencia para la devolución de los prestamos ICO, siempre y
cuando la carencia total no supere los 24 meses, y de los avales de las SGR
con reafianzamiento de CERSA, así como del periodo de amortización, en
un máximo de 3 años, sin poder superar los 8 años el vencimiento total de la operación. Esta medida va a beneficiar a más de 256.000 empresas del
sector turístico, hostelería y comercio y supone una reducción del esfuerzo
financiero como consecuencia del aplazamiento en la devolución del
principal e intereses de los préstamos avalados por el Estado.
La segunda es la creación de un nuevo tramo de la línea de avales del ICO
aprobada en el Real Decreto-ley 25/2020, para pymes y autónomos del
sector turístico, hostelería y actividades anexas dotada con 500M€ y con
hasta un 90% de garantía. Esta línea permitirá obtener financiación a
empresas muy afectadas por el COVID-19 como las agencias de viajes, el
transporte discrecional y el sector alojativo al incrementarse la garantía
pública de los avales en 10 puntos respecto a la línea ICO COVID-19.
Por otro lado, las agencias de viaje y operadores turísticos y los
servicios de reservas podrán utilizar la financiación avalada por el ICO
para la devolución de los anticipos de clientes por viajes combinados y
derechos de resarcimiento.
Por último, dentro de este bloque de financiación, se propone la creación de
una Sociedad de Garantía Recíproca de carácter exclusivamente turístico
que tiene como finalidad facilitar el acceso a la financiación mediante
garantías. Su capacidad para inyectar liquidez es del 700% de su capital.
Bloque 3.- Medidas tributarias.
En primer lugar, se aprueba una nueva edición del aplazamiento de deudas
tributarias que se reguló por el Real Decreto-ley 7/2020, que permite aplazar durante 6 meses, con 3 de carencia de intereses, previa solicitud, deudas tributarias correspondientes a declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día
1 de abril hasta el día 30 de abril de 2021, ambos inclusive, de modo que en lugar de ingresar en abril se ingresarían las deudas en octubre. De esta
forma se evitan las posibles tensiones de tesorería que puedan
experimentar las pymes y autónomos. El importe potencialmente aplazado
ascendería a unos 2.668 millones de euros. El número total de personas
beneficiadas por los aplazamientos sería de unos 617.000 contribuyentes,
de los cuales unos 92.000 son de la HORECA (hostelería y restauración) y
68.000 contribuyentes son de comercio al por menor.
Otra medida tributaria que recoge el plan es aumentar la reducción en la
tributación por el sistema de módulos en el IRPF del 5% actual al 20% con
carácter general para el año 2020. Sin embargo, para los sectores que se
han visto más afectados por las medidas adoptadas para combatir la
COVID-19, como es el caso de la hostelería, el comercio y el turismo, esa
reducción en la tributación por módulos llegará al 35%. Esta medida se
aplicará para el cuarto pago fraccionado de 2020 y para el primer pago de
- De hecho, las reducciones del 20% con carácter general y del 35%
para el turismo, la hostelería y el comercio, también se aplicarán en la
tributación del régimen simplificado del IVA correspondiente a la cuota
devengada de 2020 y a la primera cuota trimestral de 2021. El importe
estimado de la reducción del IRPF o el IVA ascendería a 117 M€. El número
de beneficiarios de esta medida para el sector turístico y comercial es de
132.000 contribuyentes.
Otras medidas tributarias es la reducción del número de períodos
impositivos afectados por la renuncia al método de estimación objetiva en el
IRPF; la exención prevista para las retribuciones en especie del servicio de
comedor de empresa, aplicable el consumo de comida tanto en delivery
como take away; la deducibilidad de pérdidas por deterioro de los créditos
derivadas de las posibles insolvencias de deudores y la reducción del plazo
que las cantidades adeudadas por los arrendatarios tengan la consideración
de saldo de dudoso cobro.
Bloque 4.- Medidas laborales y Seguridad Social.
Se extienden las exenciones previstas en la disposición adicional primera
del Real Decreto-ley 30/2020 de medidas sociales en defensa del empleo a
determinados sectores económicos a los siguientes subsectores que pasan
a ser hiperprotegidos: comercio al por mayor de bebidas, restaurantes y
puestos de comidas, establecimientos de bebidas, y actividades de los
jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.
Esta medida se aplica los meses de diciembre de 2020 y enero de 2021 y
su prorroga se determinará en el nuevo acuerdo social que se está
negociando con sindicatos y patronal para el conjunto de sectores
protegidos por los ERTE.
Otra medida recoge el aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la
Seguridad Social. Se trata de una extensión de la medida adoptada en el
RDL 11/2020. Esta medida se ha incluido en la Ley de PGE 2021 y se
podrán beneficiar empresas (cuotas devengadas entre diciembre de 2020 y
febrero de 2021) y autónomos (cuotas devengadas entre los meses de
enero a marzo de 2021). El tipo de interés de los aplazamientos será del
0,5% y el impacto ascenderá a 205 millones de euros.
En el ámbito de la Seguridad Social, las empresas dedicadas a actividades
encuadradas en los sectores de turismo, comercio y hostelería, podrán
aplicar una bonificación del 50% de las cuotas a la Seguridad Social para la
contratación de fijos discontinuos de abril a octubre de 2021. El coste será
de unos 73 millones de euros.
Bloque 5.- Medidas regulatorias.
Se flexibilizan los requisitos para el mantenimiento de los incentivos
regionales. Los incentivos regionales son ayudas financieras que concede el
Gobierno a la inversión productiva para fomentar la actividad empresarial,
orientando su localización hacia zonas determinadas. Consisten en
subvenciones a fondo perdido y tienen como objetivo paliar los
desequilibrios interterritoriales. Se estima que esta medida beneficiará a
unos 615 proyectos de inversión empresarial que se encuentran
actualmente en vigor o en fase de mantenimiento del empleo y/o las
inversiones, con una subvención total asociada de más de 740 millones de
€, de los que en torno a un 40% se corresponden con ayudas al sector
turístico.
También se amplía la moratoria para presentar concurso de acreedores.
Por último, se establece un régimen transitorio de las zonas de gran
afluencia turística para 2021. La pandemia ha provocado la caída de
turistas, por lo que las zonas no cumplirían los criterios establecidos. Por
ello, no resultarán de aplicación los datos referidos al año 2020 sobre
habitantes, pernoctaciones y cruceristas en puertos en los que operen
cruceros turísticos. Se utilizará la media de los tres años anteriores.